La diputada Diana Karina Barreras Samaniego, del Partido del Trabajo (PT), presentó una iniciativa de reforma a la Ley General de Salud para garantizar la instalación obligatoria de salas de lactancia materna en espacios públicos y centros laborales, y sancionar con multas de hasta cinco mil UMA a quienes incumplan con esta disposición.
La propuesta, que adiciona los artículos 66 Bis y 419 Bis, plantea que la omisión de instalar o mantener en condiciones adecuadas estos espacios será motivo de multa de quinientas a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y en caso de reincidencia podrá aplicarse la clausura temporal parcial del establecimiento hasta que se subsane la irregularidad.
Espacios públicos y laborales obligados
Las autoridades competentes deberán garantizar la existencia de salas de lactancia en aeropuertos, terminales de autobuses, estaciones de tren y Metro, plazas comerciales y supermercados de gran superficie; así como en oficinas del gobierno federal y paraestatal, hospitales, clínicas, escuelas públicas de nivel medio superior y superior, y en centros de trabajo públicos o privados con más de 50 empleados.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Salud, precisa que estos espacios no podrán ubicarse en baños ni en zonas que carezcan de condiciones dignas, higiénicas o seguras. Deberán contar, al menos, con refrigerador exclusivo para almacenar leche materna, sillón ergonómico, mesa de apoyo, lavabo con agua potable, jabón, toallas desechables, iluminación, ventilación adecuada y señalización visible, además de accesos para personas con discapacidad.
En el caso de los aeropuertos, se exigirá al menos una sala de lactancia por terminal, debidamente señalizada y de fácil acceso. Asimismo, la propuesta prohíbe la promoción, obsequio o muestreo de sucedáneos de la leche materna, biberones o tetinas en instalaciones de salud y edificios públicos.
Capacitación y registro nacional
Los establecimientos obligados deberán capacitar a su personal sobre la importancia de la lactancia materna, los derechos de las personas lactantes y las normas de operación, seguridad e higiene.
La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, deberá crear un registro público nacional de salas de lactancia, además de habilitar un canal de denuncias para reportar incumplimientos.
Plazos y objetivos
El proyecto fija plazos diferenciados para el cumplimiento: 24 meses para grandes espacios públicos y 18 meses para centros laborales. Con ello, México se alinearía con las buenas prácticas internacionales en materia de protección a la maternidad y la primera infancia.
“La lactancia materna en condiciones dignas no es un lujo ni un favor, es una obligación que tenemos como Estado, como sociedad y como legisladores”, afirmó la diputada Barreras Samaniego.
La legisladora subrayó que, aunque ha habido avances legales, no existe una obligación clara que garantice espacios adecuados para amamantar en lugares públicos o de alta afluencia.
“Muchas madres deben amamantar en baños, estacionamientos o pasillos, o simplemente suspender la lactancia porque no encuentran condiciones adecuadas”, lamentó.
Finalmente, sostuvo que esta reforma busca proteger el interés superior de la niñez y asegurar su acceso a una alimentación completa y saludable, fortaleciendo los derechos de las madres trabajadoras y de las familias mexicanas.















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