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Autoriza el gobierno permiso provisional para circular sin placas en carreteras federales

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó en el Diario Oficial de la Federación el aviso mediante el cual se autoriza el uso de un permiso provisional para circular sin placas ni engomado en carreteras y puentes federales, aplicable a vehículos del autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado.

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó en el Diario Oficial de la Federación el aviso mediante el cual se autoriza el uso de un permiso provisional para circular sin placas ni engomado en carreteras y puentes federales, aplicable a vehículos del autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado.

El documento, firmado por Luis Ruiz Hernández, director general de Autotransporte Federal, establece que esta medida se implementa de manera temporal, con una vigencia de hasta 180 días naturales contados a partir de su emisión, y tiene como finalidad garantizar la continuidad operativa del servicio de transporte mientras se concreta la entrega de las placas metálicas correspondientes.

Identificación y control administrativo

El permiso deberá portarse en un lugar visible y legible del vehículo, contener el número de identificación vehicular (NIV) y un código QR que vincule la información de la tarjeta de circulación y el registro del Sistema Institucional de Autotransporte Federal (SIAF).
De esta forma, se busca otorgar certeza jurídica y control administrativo a los usuarios y autoridades competentes, según el aviso oficial.

Asimismo, la SICT podrá incluir medidas adicionales de seguridad como sellos, logotipos, emblemas y leyendas oficiales para prevenir falsificaciones o usos indebidos. Los permisionarios también podrán utilizar el balizamiento como elemento complementario de identificación, conforme al aviso publicado el 7 de febrero de 2025.

Vigencia y sanciones

La autorización tiene plena validez jurídica y surtirá los mismos efectos que la portación de las placas metálicas durante su vigencia.
No obstante, la falsificación, alteración o uso indebido del permiso será sancionada conforme a la legislación aplicable, advirtió la dependencia federal.

El aviso entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 8 de octubre de 2025.

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