Con 83 votos a favor de Morena, PT y PVEM, y 38 en contra del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, el Senado de la República aprobó las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados al proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Amparo, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. En lo particular, el dictamen fue avalado por 81 votos a favor y 31 en contra, y enviado al Ejecutivo Federal para su publicación.
Fortalecer el amparo y evitar abusos
La presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo Juárez, explicó que la reforma responde a la necesidad de “perfeccionar la institución del amparo” como un mecanismo central de protección de los derechos fundamentales, pero también para “evitar el uso abusivo o dilatorio” de los recursos judiciales en materia fiscal que obstaculizan la recaudación de créditos firmes y afectan el interés social y el orden público.
Castillo Juárez recordó que el proyecto deriva de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, discutida ampliamente en audiencias públicas con 41 especialistas y revisada tanto por las comisiones de Justicia, Hacienda y Crédito Público y Estudios Legislativos, como por la propia colegisladora.
“La Cámara de Diputados no introdujo cambios sustanciales al cuerpo del decreto aprobado por el Senado —señaló—, pues únicamente ajustó los artículos 128 y 129 de la Ley de Amparo, además de los artículos primero, tercero, cuarto y quinto transitorios”.
Ajustes en los artículos 128 y 129
La senadora detalló que la fracción III del artículo 128 sustituye el término “interés público” por “disposiciones de orden público”, con el fin de eliminar ambigüedades que pudieran dar lugar a interpretaciones discrecionales. Además, se suprime la fracción V del mismo artículo, que mencionaba la posibilidad de daños de difícil reparación, para armonizar el texto con los principios constitucionales de progresividad y acceso efectivo a la justicia.
En el artículo 129, fracción XVI, se precisa que será contrario al interés social continuar con actividades que requieran autorización federal sin contar con ella, suprimiendo referencias a casos de revocación o suspensión de permisos, “fortaleciendo la claridad jurídica y la correcta aplicación de la ley”, apuntó.
Régimen transitorio y retroactividad
En cuanto al régimen transitorio, Castillo Juárez explicó que se añadió un nuevo tercero transitorio, en el que se aclara que las etapas procesales concluidas seguirán rigiéndose por las disposiciones vigentes al inicio de los procesos, mientras que las actuaciones posteriores se ajustarán al nuevo decreto “sin implicar aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos”.
Debate en el Pleno
Durante la discusión, el senador Clemente Castañeda Hoeflich (MC) presentó una moción suspensiva al considerar la reforma “regresiva y no sustantiva”, pero fue rechazada por el Pleno.
La senadora Alejandra Barrales Magdaleno (MC) sostuvo que el dictamen mantiene el polémico artículo tercero transitorio, pese a que la propia presidenta Sheinbaum había pedido su eliminación. “Han convertido al amparo en una ‘ley de desamparo’”, afirmó.
Del PRI, Carolina Viggiano Austria acusó que “esta ley es más poder al poder y menos acceso a la justicia”, al tiempo que Guadalupe Murguía Gutiérrez (PAN) advirtió que la reforma “debilita al juicio de amparo y contraviene la Constitución en materia de progresividad de los derechos humanos”.
En contraste, Luis Alfonso Silva Romo (PVEM) defendió que el producto legislativo es “óptimo para las circunstancias actuales”, mientras que Manuel Huerta Ladrón de Guevara (Morena) aseguró que “no existe retroactividad” y que los derechos adquiridos permanecen a salvo.
Las reservas presentadas por las senadoras Verónica Rodríguez Hernández, Laura Esquivel Torres y María de Jesús Díaz Marmolejo (PAN), así como por el senador Ángel García Yáñez (PRI), fueron rechazadas en votación económica.
Con esta aprobación, el Congreso concluye el proceso legislativo de una de las reformas más relevantes del actual periodo ordinario, que redefine los alcances del juicio de amparo en México.














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