México informó que, para atender los compromisos de entrega de agua del Río Bravo a Estados Unidos establecidos en el Tratado de Aguas de 1944, se han identificado acciones extraordinarias dentro de las propias estipulaciones del acuerdo y de sus Actas 234 y 331, en función de la disponibilidad de agua en la cuenca mexicana.
Entre las medidas se contempla la entrega de volúmenes provenientes del Río San Juan, las cuales se realizarán bajo limitaciones operativas del sistema hidráulico mexicano y privilegiando el uso agrícola nacional. Las entregas al vecino país se efectuarán únicamente cuando exista disponibilidad operativa, dando prioridad al consumo humano.
La autoridad precisó que esta fuente ya ha sido utilizada en el pasado para cumplir con los compromisos internacionales, con base en el Artículo 9 del Tratado y el Acta 331 de la CILA.
Finalmente, se señaló que México mantiene seguimiento puntual a los compromisos asumidos, en coordinación y diálogo con los usuarios de la cuenca, reiterando que la prioridad es garantizar el agua para consumo humano de las poblaciones mexicanas.















Deja una respuesta