En el marco de las audiencias públicas convocadas por las Comisiones Unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público para analizar la minuta del Senado que reforma la Ley de Amparo, destacados abogados y exmagistrados se pronunciaron con contundencia: de aprobarse la propuesta tal como está redactada, no solo grandes empresas —frecuentemente en el centro de los debates fiscales— podrían quedar sin cauces de defensa, sino también ciudadanos comunes frente a actos de autoridad fiscal.
Limitación de medios de impugnación: “una puerta abierta al cobro indiscriminado”
Luis Curiel Piña, primer vicepresidente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE), sostuvo que la reforma propone la improcedencia del juicio de amparo, del recurso de revocación y del juicio de nulidad en aquellos casos donde ya se haya impugnado un crédito fiscal. Con ello, advirtió, los contribuyentes quedarían desprotegidos frente a nuevos actos de cobro del SAT:
“Limitar los medios de impugnación de los que gozan los contribuyentes para defenderse cuando la autoridad les quiere cobrar, es tanto como darle una carta abierta a la autoridad para llegar a cobrar un crédito fiscal, independientemente de los derechos del contribuyente. Si ya le dijeron que no tiene medios de defensa, la autoridad podría intentarlo.”
Según explicó, en la práctica, el contribuyente solo podría acudir a tribunales legales cuando llegara el momento del remate de bienes, es decir, cuando ya se haya embargado una cuenta bancaria o una propiedad:
“Cuando hablamos de sólo el remate, si el banco le embarga su cuenta bancaria … simplemente se retiran los recursos. Se acabó, no hay defensa.”
Otro elemento controvertido: la propuesta exige que, para tener acceso a cualquier defensa judicial, el contribuyente deba garantizar el monto del crédito fiscal (con recargos, multas y actualizaciones incluidas) mediante un depósito en el Banco del Bienestar antes de que se resuelva si el cobro era procedente.
Aunque el documento incorpora avances en modernización, como la tramitación electrónica de los juicios y la obligación de que las autoridades intervengan, Curiel Piña recalcó que esas mejoras no compensan el recorte sustancial en los mecanismos de defensa:
“La reforma tiene bondades, como incorporar la tramitación electrónica que agilizaría los procesos. Pero limitar el amparo o la revocación no es el camino adecuado, sobre todo cuando se trata de actos de autoridad.”
Confiado en que la propuesta aún puede pulirse, insistió en que los legisladores “entendieron perfectamente los argumentos” de la ANADE y deben asumir la responsabilidad de revisar la propuesta con detenimiento antes de votarla.
Posibles abusos de la UIF: un poder sin límites
A su vez, Andrés Aguinaco Gómez Mont, integrante de la Barra Mexicana de Abogados, alertó sobre el riesgo de fortalecer aún más a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sin establecer contrapesos adecuados:
“La UIF no siempre es certera… al no tener contrapesos, al no tener salvaguardas, también abusa, y también persigue a diputadas, a opositores políticos, a activistas, a periodistas.”
Señaló que en muchos casos la UIF puede provocar bloqueos, congelamientos o investigaciones con poco sustento, y que sin mecanismos de revisión independiente se corre el riesgo de que el organismo sea usado como herramienta política. “Cualquier poder que no está sujeto a límites, es un poder que se presta a corromper, es un poder que se presta a abusos”, advirtió.
Defendió que uno de los principios constitucionales más importantes —la presunción de inocencia— no puede diluirse. No basta con asumir que una persona a la que la UIF persigue está cometiendo conductas ilícitas:
“Necesitamos herramientas y mecanismos para distinguir los casos en los que sí, que se actuó ilegalmente, para entender cuáles son los casos de abuso de la gente y cuáles son los casos de abuso de la autoridad.”
Suspensión de amparo: pilar del juicio en riesgo
Para el exmagistrado Juan Pablo Gómez Fierro, la reforma contiene un componente regresivo al debilitar la institución de la suspensión en el juicio de amparo. La suspensión permite que mientras los jueces resuelven el fondo del asunto, el acto reclamado (por ejemplo, una multa, revocación, acto administrativo) quede temporalmente detenido:
“La columna vertebral, el alma del juicio de amparo, es la suspensión. Esta reforma lo que propone es debilitarla como un mecanismo que permite proteger los derechos de alguien que ha sido afectado por un acto de autoridad, mientras los jueces deciden si tiene o no razón.”
Advirtió que si no se preserva la suspensión, muchas resoluciones perderán su eficacia concreta, puesto que la acción reclamable ya se habrá materializado. En esos casos, una sentencia favorable resultará inútil si el acto ya se consumó.
Gómez Fierro enfatizó que las pequeñas y medianas empresas son especialmente vulnerables: si sus permisos o licencias son revocados y la autoridad no concede la suspensión, luego ya no habrá forma de revertir daños que muchas veces significan quiebra.
El juicio de amparo mexicano, con casi dos siglos de uso, ha sido considerado un ejemplo internacional de protección judicial frente al Estado. Debilitarlo, afirmaron los especialistas, es un paso peligroso en un contexto de tensión entre poderes públicos.
Balance y expectativas para el proceso legislativo
Mientras la iniciativa contempla innovaciones técnicas —como la digitalización total de los procedimientos y la participación obligatoria de autoridades en el juicio de amparo—, los críticos argumentan que esos mecanismos no compensan las restricciones al derecho de defensa.
Los ponentes manifestaron su convicción de que los legisladores aún pueden incorporar las observaciones planteadas. Subrayaron que no se trata de oponerse al cambio o a la modernización del sistema sino de garantizar que no se sacrifiquen los derechos fundamentales en nombre de la eficiencia administrativa.
Diversos expertos observan que la reforma al amparo no puede considerarse en el vacío: llega tras recientes cambios en el Poder Judicial y en otros órganos constitucionales, y podría integrarse en una estrategia institucional más amplia.
Luis Curiel concluyó con un llamado a la responsabilidad legislativa: “Los diputados deben tener apertura y escuchar las opiniones y aportaciones”, para matizar la reforma —y evitar que el juicio de amparo pierda su papel como principal herramienta de protección ciudadana.
Gómez Fierro sintetizó la preocupación del gremio legal y de la sociedad:
“Debilitar al juicio de amparo hoy sería debilitar al Estado de derecho mañana, y dejar desprotegidos a ciudadanos que esperan una justicia efectiva frente al poder público.”
Deja una respuesta