El pleno del máximo tribunal determinó este jueves —por unanimidad— que el recurso de Gordillo no contenía materias de constitucionalidad suficientes para ser analizado, por lo que dejó firme la sentencia que ordena el pago del adeudo fiscal.
La controversia se remonta a una revisión del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que detectó ingresos no declarados y movimientos financieros en cuentas y tarjetas que, a juicio de la autoridad, debieron considerarse como ingresos sujetos a tributación.
La defensa de Gordillo argumentó que esos movimientos eran gastos de representación sindical, pero los tribunales y ahora la SCJN respaldaron la postura del SAT al no acreditarse que los recursos correspondieran a funciones institucionales.
Con este fallo, la exlíder sindical pierde una de las últimas vías jurídicas para impugnar la determinación fiscal y el SAT podrá proceder con las acciones de cobro correspondientes.














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