La diputada Margarita García García (PT) impulsa una iniciativa de reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para establecer que las autoridades de los tres órdenes de gobierno adopten medidas para prevenir la venta o intercambio de niñas y adolescentes con fines matrimoniales o de concubinato.
La propuesta precisa que estas acciones no menoscaban la ejecución de la nulidad de matrimonio prevista en el artículo 450, fracción I, del Código Civil Federal, que establece la incapacidad natural y legal de los menores de edad.
Asimismo, plantea que las leyes federales y de las entidades federativas contemplen sanciones para quienes no respeten la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio y para quienes participen en la venta de niñas y adolescentes con este propósito, en términos del artículo 148 del citado Código.
El documento, turnado a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia para su dictamen, también establece que las infracciones y sanciones administrativas previstas en la ley se determinen en Unidad de Medida y Actualización (UMA) y no con base en el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
La legisladora recordó que en 2019 se reformó el Código Civil Federal para establecer que las personas deben tener al menos 18 años para contraer matrimonio, reforma que se logró con la participación de organizaciones sociales, instituciones de derechos humanos y la UNICEF.
No obstante, señaló que pese a este avance, persisten prácticas de matrimonios infantiles en algunas comunidades del país por usos y costumbres, lo que vulnera el interés superior de la niñez.
La diputada subrayó que su iniciativa también establece la prohibición de cohabitar con fines de concubinato con menores de edad, ya que, de no especificarse, podría permitirse que niñas o adolescentes cohabiten por decisión de padres o tutores para formar una familia.
La propuesta plantea reformas al artículo 45, cuarto párrafo; al 47, fracciones VII y VIII; y al 149, además de adicionar una fracción IX al artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

















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