La Cámara de Diputados emitió la declaratoria de aprobación de la reforma al artículo 127 de la Constitución, que establece límites a las jubilaciones y pensiones en el sector público, luego de obtener el aval de la mayoría de los congresos locales.
La presidenta de la Mesa Directiva, Kenia López Rabadán, informó que, tras el cómputo de votos aprobatorios de legislaturas estatales y de la Ciudad de México, el Congreso de la Unión declaró reformado dicho artículo y remitió el proyecto al Senado para sus efectos constitucionales.
Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, dio cuenta de 20 votos a favor provenientes de congresos estatales, con lo que se cumplió el requisito constitucional.
La reforma establece que las jubilaciones y pensiones de personal de confianza en organismos públicos federales, estatales y municipales no podrán exceder la mitad de la remuneración asignada a la persona titular del Ejecutivo Federal. Además, prohíbe que contratos o condiciones laborales superen ese límite.
El decreto incorpora lenguaje inclusivo al sustituir términos como “presidente de la República” por “persona titular del Ejecutivo Federal” y “servidor público” por “persona servidora pública”.
Se contemplan excepciones para las Fuerzas Armadas, pensiones derivadas de aportaciones voluntarias o sindicales, así como la pensión no contributiva prevista en la Constitución.
En los artículos transitorios se establece que las pensiones otorgadas con anterioridad deberán ajustarse al nuevo tope, salvo las excepciones señaladas. También se fija un plazo de 90 días para que el Congreso de la Unión y las legislaturas locales armonicen su marco jurídico.
Finalmente, se precisa que la implementación de la reforma no implicará ampliaciones presupuestales, ya que deberá financiarse con los recursos aprobados en el ejercicio fiscal vigente.
















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