El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) endureció las reglas de la Modalidad 40 al imponer límites al salario con el que podrán cotizar los trabajadores por su cuenta y cerrar la posibilidad de realizar nuevas inscripciones retroactivas para recuperar periodos anteriores de aseguramiento.
La decisión, aprobada por el Consejo Técnico del organismo y publicada este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrará en vigor el jueves 22 de octubre de 2026 y afectará principalmente a quienes busquen incorporarse a este esquema o contratarlo nuevamente para mejorar su futura pensión.
El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG establece medidas temporales que modifican las condiciones de contratación de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40, mientras el IMSS analiza su impacto financiero.
IMSS limita el salario para cotizar en Modalidad 40
Uno de los cambios más importantes es la restricción al salario base de cotización que los trabajadores podrán registrar al incorporarse a la Modalidad 40.
Hasta ahora, los asegurados podían elegir un salario superior al que percibían al dejar su empleo, siempre que no rebasaran el límite legal de 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Con el nuevo acuerdo, quienes soliciten incorporarse deberán utilizar su último salario base de cotización registrado al causar baja del régimen obligatorio o incrementarlo, como máximo, en el equivalente a una UMA.
El importe tampoco podrá ser inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país.
La medida reduce el margen de los trabajadores que pretendían elevar considerablemente su salario registrado durante los últimos años de cotización, una estrategia utilizada para mejorar las pensiones bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
Adiós a las nuevas altas retroactivas en la Modalidad 40
El Consejo Técnico también estableció que los nuevos aseguramientos comenzarán exclusivamente a partir de la fecha en que el trabajador presente su solicitud ante el IMSS.
Esto impide que una nueva inscripción tenga efectos desde una fecha anterior, mecanismo que permitía cubrir cuotas correspondientes a periodos previos, conforme a las disposiciones reglamentarias aplicables.
La restricción puede afectar a trabajadores que dejaron transcurrir varios meses después de su baja laboral y pretendían pagar retroactivamente ese periodo para continuar acumulando semanas.
Sin embargo, el acuerdo no elimina las semanas que ya fueron reconocidas ni borra las cotizaciones efectivamente pagadas. Tampoco debe confundirse la prohibición de nuevas altas retroactivas con la eliminación general de todos los mecanismos legales de reconocimiento de semanas.
¿Qué pasará con quienes ya pagan la Modalidad 40?
Los trabajadores inscritos antes de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones conservarán las condiciones actuales hasta que concluya el periodo que tengan contratado.
El IMSS también reconocerá las semanas cotizadas y los salarios efectivamente pagados, que seguirán teniendo validez para determinar sus derechos pensionarios futuros.
No obstante, quienes terminen su periodo de aseguramiento y quieran incorporarse nuevamente deberán sujetarse a las nuevas condiciones.
En consecuencia, las restricciones no modifican de inmediato las aportaciones de todos los asegurados, pero sí pueden cambiar los planes de quienes buscan prolongar su participación en este mecanismo.















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