Advertisement

IMSS recorta beneficios de Modalidad 40; nuevas reglas golpean futuras pensiones

IMSS limita nuevas altas y renovaciones; abogados cuestionan cambios.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) endureció las condiciones para ingresar o reincorporarse a la Modalidad 40, al restringir el salario de cotización y eliminar las nuevas contrataciones retroactivas, una decisión que podría reducir las posibilidades de mejorar la pensión de miles de trabajadores y que ya enfrenta cuestionamientos sobre su constitucionalidad.

Aunque el organismo aseguró que las personas inscritas antes del 22 de octubre conservarán sus condiciones de aseguramiento, la protección sólo estará vigente hasta que concluya el periodo contratado. Quienes pretendan renovarlo o reincorporarse deberán sujetarse a las nuevas disposiciones.

Los cambios fueron aprobados por el Consejo Técnico del IMSS el 10 de octubre, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 21 y entraron en vigor el jueves 22 de octubre de 2026.

La medida alcanza principalmente a trabajadores que dejaron de cotizar mediante un patrón y buscan continuar realizando aportaciones voluntarias para incrementar sus semanas de cotización y mejorar el monto de su futura jubilación.

Limitan salario de cotización y eliminan pagos retroactivos

El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG establece que las nuevas incorporaciones deberán efectuarse tomando como referencia el último salario base de cotización registrado ante el IMSS al momento de la baja del régimen obligatorio.

El monto podrá incrementarse hasta en una Unidad de Medida y Actualización (UMA), pero no podrá ser inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país.

Esto representa un cambio relevante frente al esquema anterior, que permitía elegir un salario de cotización más elevado, dentro de los límites legales, para fortalecer el cálculo de la pensión.

Además, las nuevas inscripciones surtirán efectos exclusivamente desde la fecha de solicitud, con lo que se elimina la posibilidad de contratar nuevos periodos retroactivos.

El IMSS también ordenó adecuar sus sistemas para que las incorporaciones se tramiten únicamente por medios digitales, con mecanismos para verificar la autenticidad y consistencia de los registros.

Asegura IMSS respeto a derechos adquiridos

Eduardo Alcarás Prous, titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social, aclaró que los cambios se aplicarán a quienes soliciten ingresar a la Modalidad 40 a partir del 22 de octubre.

De acuerdo con la explicación difundida por el funcionario, las personas que ya estaban inscritas mantendrán su salario base y las condiciones pactadas hasta que concluya el periodo contratado.

El acuerdo también garantiza que las semanas de cotización y los salarios efectivamente pagados conservarán su validez para calcular los derechos pensionarios futuros.

Sin embargo, esa protección no implica que los asegurados puedan contratar un nuevo periodo con las mismas condiciones salariales.

Una vez concluido el plazo de aseguramiento, las personas que busquen continuar bajo la Modalidad 40 deberán sujetarse a las reglas vigentes, mientras permanezcan aplicables.

Así, el nuevo esquema no representa una reducción automática de las pensiones ya otorgadas, pero sí puede modificar las expectativas de quienes planeaban realizar aportaciones más elevadas antes de jubilarse.

Abogados advierten posible inconstitucionalidad

Las restricciones también abrieron una controversia jurídica sobre las facultades del Consejo Técnico del IMSS para modificar las condiciones de un régimen de seguridad social establecido en la legislación federal.

Jorge Antonio Loyo Pérez, académico del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, advirtió que existen argumentos para cuestionar la constitucionalidad del acuerdo.

El especialista señaló que las medidas podrían contravenir el principio de progresividad de los derechos humanos, reconocido en el artículo primero constitucional, al limitar las posibilidades de los trabajadores para mejorar su pensión.

También planteó que el Consejo Técnico podría exceder sus atribuciones si mediante una disposición administrativa modifica condiciones que corresponden al ámbito de la Ley del Seguro Social.

La controversia, explicó, radica en determinar si el organismo únicamente está regulando procedimientos administrativos o si está introduciendo restricciones que requerirían una reforma legislativa.

No obstante, el académico puntualizó que la posible inconstitucionalidad tendría que determinarse a partir del análisis de la legislación aplicable y, en su caso, por las autoridades jurisdiccionales competentes.

Podrían promover amparos contra las restricciones

El abogado constitucionalista Raúl Mejía señaló que las personas afectadas podrían acudir al juicio de amparo cuando una actuación del IMSS vulnere condiciones de cotización previamente reconocidas.

Explicó que debe distinguirse entre quienes ya realizaron aportaciones bajo las reglas anteriores y quienes únicamente tenían la intención de incorporarse al esquema.

En particular, advirtió sobre posibles controversias por retroactividad cuando las restricciones afecten situaciones jurídicas consolidadas.

IMSS revisará impacto financiero de Modalidad 40

El Consejo Técnico instruyó a la Dirección de Finanzas a realizar, en un plazo máximo de seis meses contado desde el acuerdo del 10 de octubre, un estudio sobre el impacto económico de la continuación voluntaria en las finanzas institucionales.

Una vez concluido, la Dirección Jurídica tendrá hasta seis meses adicionales para preparar una propuesta de modificaciones normativas.

Por ahora, las restricciones tienen carácter temporal y el IMSS deberá determinar su continuidad a partir de los resultados del estudio financiero.

La Modalidad 40 no desaparece, pero las nuevas condiciones representan un cambio sustancial para quienes planeaban elevar voluntariamente su salario de cotización antes del retiro.

La controversia será determinar si el Consejo Técnico tenía facultades para imponer esos límites sin modificar previamente la Ley del Seguro Social.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

RSS
Follow by Email
Facebook
X (Twitter)
YouTube
Instagram
Telegram
WhatsApp
FbMessenger
Tiktok
¡La URL se ha copiado correctamente!