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Emite ASEA nuevas normas de emergencia para reforzar la seguridad en el transporte y distribución de gas LP

De acuerdo con la ASEA, solo en 2024 se registraron 13 mil 771 accidentes de tránsito, de los cuales 29% involucraron vehículos del Servicio Público Federal, siendo la velocidad, la falta de pericia y las deficiencias mecánicas las principales causas.

La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicó en el Diario Oficial de la Federación dos nuevas Normas Oficiales Mexicanas de Emergencia (NOM-EM) para reforzar la seguridad industrial y la protección ambiental en el transporte y distribución de gas licuado de petróleo (GLP), una de las actividades más riesgosas del sector energético nacional.

Se actualizan normas tras accidentes y fallas mecánicas

Las disposiciones —NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025— sustituyen el marco vigente desde 2010 y surgen tras una revisión técnica que detectó fallas recurrentes, accidentes viales y riesgos por la antigüedad de las unidades que transportan y distribuyen gas LP Transporte 1 Transporte.


De acuerdo con la ASEA, solo en 2024 se registraron 13 mil 771 accidentes de tránsito, de los cuales 29% involucraron vehículos del Servicio Público Federal, siendo la velocidad, la falta de pericia y las deficiencias mecánicas las principales causas.

Norma para el transporte de GLP: especificaciones más estrictas

La NOM-EM-006-ASEA-2025, relativa al Transporte de Gas Licuado de Petróleo, establece requisitos técnicos obligatorios para autotanques, semirremolques y tractocamiones, desde el diseño del recipiente hasta la operación y mantenimiento de las unidades.
Incluye la obligación de portar extintores, calzas, lámparas, señalizaciones y cintas estáticas, así como placas visibles con datos de capacidad, presión de diseño, fabricante y número de serie. Además, exige que cada unidad tenga visible la leyenda “PELIGRO GAS L.P.” y números de emergencia, reforzando las medidas de identificación y respuesta rápidaTransporte 1.

También regula la evaluación de conformidad, los procedimientos de inspección visual diaria, la capacitación de operadores y el uso obligatorio de sistemas GPS para monitoreo en carreteras federales. La norma estará vigente durante seis meses, prorrogables por otro periodo igual, al ser de carácter emergente.

Norma para la distribución de GLP: capacitación y control de unidades

Por su parte, la NOM-EM-007-ASEA-2025, enfocada en la Distribución de Gas Licuado de Petróleo, cancela y sustituye la antigua NOM-007-SESH-2010, e impone estándares actualizados para autotanques y vehículos de reparto.
Además de las condiciones físico-mecánicas, establece la certificación obligatoria del personal operador y auxiliar, los protocolos de trasiego y mantenimiento preventivo, y la revisión de válvulas, bombas y recipientes no desmontables con más de diez años de usoTransporte 2.

Cada unidad deberá portar gobernador de velocidad con límite máximo de 80 km/h, un sistema GPS activo, y letreros portátiles de advertencia durante las descargas en instalaciones de usuarios finales. Asimismo, se incorpora el Protocolo de Respuesta a Emergencias (PRE) como parte del entrenamiento operativo.

Prevención ante alto riesgo y protección al ambiente

Armando Ocampo Zambrano, director ejecutivo de la ASEA, destacó que estas normas buscan prevenir, controlar y mitigar riesgos asociados a una actividad que, por su naturaleza inflamable y la densidad de sus vapores, representa un alto potencial de incendio o explosión.
El objetivo es garantizar la seguridad industrial y operativa del sector, proteger la vida de las personas y el medio ambiente, fortaleciendo la supervisión y la capacitación técnica”, expuso en el documento oficial.

Vigencia y supervisión

Ambas normas de emergencia entraron en vigor el 3 de octubre de 2025, y serán aplicables a todos los permisionarios y regulados del sector hidrocarburos que transporten o distribuyan GLP en el territorio nacional.
La ASEA anunció que iniciará verificaciones aleatorias y evaluaciones de conformidad para garantizar el cumplimiento y, en su caso, sancionar a quienes incumplan los nuevos requisitos técnicos y de seguridad.

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