La Cámara de Diputados declaró reformado el inciso a) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con lo que se faculta al Congreso de la Unión para expedir una ley general que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en materia de extorsión.
La secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta Villalpando Riquelme (Morena), informó que el Senado de la República remitió el cómputo de 22 votos aprobatorios de legislaturas estatales, a los que posteriormente se sumaron los de Estado de México, Sonora y Tlaxcala, alcanzando un total de 25 votos favorables de congresos locales y de la Ciudad de México.
Los congresos que respaldaron la reforma pertenecen a las entidades de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México.
Con la declaratoria, se otorga al Congreso federal la atribución de legislar en todo el país sobre el delito de extorsión, con el fin de homologar criterios, sanciones y procedimientos en las entidades federativas.
El régimen transitorio establece que el Congreso de la Unión deberá expedir la ley general en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir del día siguiente de la entrada en vigor de la reforma. Mientras tanto, continuarán vigentes las disposiciones legales federales y locales sobre extorsión, hasta que se emita la nueva ley y se realicen las adecuaciones normativas correspondientes.
Durante la sesión, la presidenta de la Mesa Directiva, Kenia López Rabadán (PAN), formalizó la declaratoria constitucional al señalar:
“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformado el inciso a) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución en materia de extorsión. Pasa al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales.”
Con ello, la reforma fue turnada al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, dando paso a la creación de una Ley General en Materia de Extorsión, considerada clave para el combate a este delito en todo el territorio nacional.

















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