El Código Penal Federal castiga el terrorismo con hasta 40 años de prisión
El Código Penal Federal (CPF) establece en su Capítulo VI, artículos 139 a 139 Ter, las disposiciones sobre el delito de terrorismo. Este tipo penal incluye actos que buscan generar alarma, temor o terror en la población, presionar a la autoridad o atentar contra la seguridad nacional.
Entre las conductas tipificadas se encuentran:
- Uso de explosivos, armas químicas, biológicas o similares.
- Empleo de materiales radioactivos o nucleares.
- Acciones que provoquen daños masivos a la población o a bienes públicos y privados.
El uso de autos bomba se enmarca dentro de estas disposiciones, pues implica el empleo de explosivos para causar terror y daños graves.
Penas y sanciones
El Artículo 139 del CPF señala que:
- Se impondrá pena de prisión de 15 a 40 años.
- Se aplicará una multa de 400 a 1,200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
- Estas sanciones se aplican sin perjuicio de otras penas que correspondan por delitos adicionales, como homicidio, lesiones o daños en propiedad.
El Artículo 139 Bis agrega agravantes cuando el terrorismo se comete contra bienes, servicios o instalaciones estratégicas del Estado mexicano.
Contexto y aplicación
En México, los actos de terrorismo —incluyendo el uso de autos bomba— son considerados delitos contra la seguridad de la nación. Esto significa que su persecución y sanción tienen prioridad en la política criminal del Estado.
Además, la legislación busca disuadir y castigar severamente a quienes empleen métodos violentos para alterar el orden público o presionar a las autoridades.















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