La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad del artículo 2448-D del Código Civil de la Ciudad de México, que establece que los aumentos anuales de rentas de vivienda no podrán ser superiores al índice de inflación del año previo.
Con ello, se respalda una política local diseñada para controlar las alzas de alquileres y mitigar el desplazamiento de habitantes en zonas urbanas tensionadas por la gentrificación.
En la sesión del miércoles, los ministros avalaron por unanimidad la norma, que fue impugnada por una empresa arrendadora, rechazando su recurso y confirmando la capacidad del Estado para regular el mercado de arrendamiento en defensa de derechos constitucionales como el acceso a una vivienda digna.
Según el proyecto presentado por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, la medida busca evitar incrementos abruptos o desproporcionados que contribuyan al desplazamiento forzado de residentes locales.
La regla ya se había incorporado en reformas previas del Congreso capitalino: el tope vincula el aumento de renta al nivel de inflación anual (por ejemplo, alrededor de 3.69 % en 2025) y se acompaña de otras disposiciones como el registro digital obligatorio de contratos y medidas para hacer más accesible la vivienda.















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