El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) frenó al Instituto Nacional Electoral (INE) y echó abajo el criterio que permitía contabilizar las llamadas boletas planchadas, al establecer que las papeletas sin marcas de doblez no acreditan haber sido depositadas legalmente en las urnas.
Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior revocaron parcialmente los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE para los cómputos electorales de 2027, con lo que cerraron la puerta a la validación de sufragios contenidos en boletas que no presenten los dobleces necesarios para introducirlas en las urnas.
La sentencia, sustentada en el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, establece que estas papeletas deberán excluirse de los resultados cuando se compruebe la irregularidad, además de conservarse separadas de los votos contabilizados.
El fallo representa un revés para la mayoría del Consejo General del INE que, el pasado 3 de septiembre, avaló un mecanismo para que los consejos distritales determinaran si podían computarse las boletas encontradas sin dobleces durante los recuentos.
TEPJF cierra paso a votos en boletas sin dobleces
El Tribunal consideró que el procedimiento legal para emitir un sufragio no se limita a marcar una papeleta, sino que exige doblarla e introducirla en la urna.
Bajo ese razonamiento, una boleta completamente lisa, sin las marcas necesarias para acreditar su depósito, no puede producir los efectos jurídicos de un voto válidamente emitido.
De la Mata sostuvo en su proyecto que la ausencia de dobleces impide corroborar que se cumplió con las etapas previstas en la legislación electoral.
Con esta interpretación, la Sala Superior dejó sin efectos la posibilidad de que los consejos distritales decidieran discrecionalmente sobre la validez de estas papeletas.
La resolución corresponde al expediente SUP-JDC-473/2026 y sus acumulados, promovidos contra los lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos del proceso electoral federal 2026-2027.
Obligan al INE a cambiar reglas para elecciones de 2027
La sentencia ordena al INE modificar sus lineamientos para establecer expresamente que las boletas sin marcas de doblez no deberán sumarse a la votación cuando se acredite esa condición.
La revisión corresponderá, como regla general, a los funcionarios de las mesas directivas de casilla durante el escrutinio y cómputo de los sufragios.
En caso de detectar estas papeletas, deberán documentar la irregularidad, registrar su número y mantenerlas separadas de las boletas contabilizadas.
Sólo de manera excepcional, cuando se realicen recuentos parciales o totales, los consejos distritales podrán constatar la existencia de boletas sin dobleces y determinar su invalidez.
La instrucción es que ninguna papeleta cuya irregularidad haya sido acreditada se incorpore a la sumatoria de resultados electorales.
PAN, PRI y MC impugnaron las reglas del INE
La controversia llegó al Tribunal Electoral mediante recursos promovidos por el PAN, PRI, Movimiento Ciudadano, así como por SOMOS y PAZ, cuyos representantes cuestionaron que el INE dejara abierta la posibilidad de contar votos en boletas sin señales de haber sido dobladas.
Los inconformes advirtieron que esa disposición comprometía la certeza de los cómputos electorales, al permitir incorporar papeletas cuya autenticidad como sufragios emitidos no podía corroborarse mediante el procedimiento ordinario.
El tema adquirió relevancia tras las controversias registradas durante la elección judicial de 2025, cuando aparecieron boletas sin dobleces y surgieron cuestionamientos sobre su procedencia.
Ahora, con la resolución del TEPJF, el árbitro electoral deberá ajustar las disposiciones que regirán los próximos cómputos federales.
La decisión impone un límite al INE: ningún voto contenido en una boleta sin las marcas de doblez necesarias podrá ser contabilizado cuando se acredite que no cumple con esa exigencia legal.















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