Los elevados precios de alimentos y bebidas en conciertos, estadios y espectáculos públicos podrían enfrentar nuevas restricciones legales. Una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados busca obligar a los organizadores a proporcionar agua potable gratuita, ofrecer productos básicos a precios accesibles y evitar cobros excesivos dentro de los recintos.
El diputado Sergio Gil Rullán, de Movimiento Ciudadano (MC), propuso reformar la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer que los precios de una denominada Canasta Básica del Espectador no excedan en más de 20 por ciento los precios comerciales de referencia de establecimientos ubicados en la zona.
La propuesta también contempla multas de entre mil 93.02 pesos y 4 millones 274 mil 960.73 pesos para los proveedores que incumplan las nuevas obligaciones, de aprobarse la reforma.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, busca frenar prácticas que limitan las opciones de consumo de los asistentes, particularmente cuando los organizadores prohíben ingresar alimentos y bebidas adquiridos fuera de los establecimientos.
Buscan poner límite a precios de comida y bebidas en conciertos
La reforma plantea adicionar seis artículos a la Ley Federal de Protección al Consumidor para obligar a empresas organizadoras, promotoras, productoras y operadoras de espectáculos públicos a garantizar productos de consumo esencial a precios razonables.
La llamada Canasta Básica del Espectador deberá incluir, cuando menos, agua envasada, una bebida no alcohólica, un alimento preparado básico, un refrigerio o botana y una alternativa alimentaria saludable.
Estos productos deberán permanecer disponibles desde la apertura del recinto hasta la conclusión del espectáculo, en cantidades suficientes de acuerdo con el aforo y las características del evento.
La propuesta establece que sus precios no podrán superar en más de 20 por ciento el promedio comercial de productos iguales o equivalentes vendidos en establecimientos de la zona.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sería responsable de determinar y publicar la metodología para establecer esos precios de referencia.
Además, los costos deberán exhibirse de manera visible en los puntos de venta y no podrán incrementarse por la demanda, duración, relevancia o naturaleza del espectáculo.
Plantean agua potable gratuita en estadios y espectáculos
Uno de los principales cambios consiste en reconocer el acceso gratuito al agua potable durante la permanencia de los asistentes en cualquier recinto donde se celebren espectáculos deportivos, artísticos, musicales, culturales o recreativos.
Para cumplir con esta obligación, los responsables deberán instalar bebederos, dispensadores o estaciones gratuitas de abastecimiento de agua potable, distribuidos conforme a la capacidad autorizada del inmueble.
El suministro no podrá condicionarse a la compra de alimentos, bebidas, botellas o cualquier otro producto.
La iniciativa también permitiría que los espectadores ingresen con recipientes reutilizables vacíos para abastecerse de agua dentro de las instalaciones.
Los organizadores únicamente podrían restringir aquellos envases que representen riesgos objetivos para la seguridad, de acuerdo con las disposiciones de protección civil.
Tampoco podrán imponer prohibiciones generales sobre estos recipientes cuando existan alternativas para garantizar la seguridad de los asistentes.
Buscan impedir venta obligada de alimentos dentro de recintos
Gil Rullán advirtió en la exposición de motivos que quienes asisten a espectáculos públicos frecuentemente enfrentan restricciones para ingresar productos adquiridos en el exterior, lo que reduce sus alternativas y los obliga a depender de los establecimientos instalados dentro del recinto.
Por ello, la reforma plantea que, cuando se prohíba o restrinja el ingreso de alimentos y bebidas externos, los responsables deberán garantizar la disponibilidad de la Canasta Básica del Espectador durante todo el evento.
Las restricciones deberán justificarse por razones de seguridad, salubridad, protección civil u operación del espectáculo y no podrán utilizarse para imponer condiciones de compra contrarias a los derechos de los consumidores.
El legislador aclaró que la propuesta no pretende establecer controles generales de precios ni obligar a las empresas a regalar alimentos o bebidas, sino garantizar alternativas básicas de consumo y evitar posibles abusos comerciales.
Proponen multas de hasta 4.2 millones de pesos
La iniciativa contempla modificar el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer sanciones económicas contra quienes incumplan las obligaciones propuestas.
Las multas oscilarían entre mil 93.02 y 4 millones 274 mil 960.73 pesos, según lo previsto en el proyecto legislativo.
Las disposiciones serían aplicables a conciertos, partidos deportivos, festivales, presentaciones artísticas y otros espectáculos, independientemente de que se desarrollen en instalaciones permanentes o temporales.
También quedarían sujetos a las nuevas reglas los organizadores, administradores de recintos y empresas encargadas de comercializar alimentos y bebidas, conforme a su participación en la prestación del servicio.
El diputado sostuvo que asistir a un espectáculo público no debe significar renunciar a los derechos del consumidor, especialmente cuando las restricciones de acceso dejan a los asistentes sin alternativas para adquirir productos esenciales.
Con la iniciativa, Movimiento Ciudadano busca establecer obligaciones para los operadores de recintos y ofrecer a los consumidores opciones de hidratación y alimentación sin imponer compras adicionales.
La propuesta permanece en etapa de análisis legislativo, por lo que las obligaciones y sanciones planteadas todavía no constituyen nuevas disposiciones vigentes.















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