El Instituto Nacional Electoral (INE) cerró este día el periodo de solicitudes de registro para las organizaciones ciudadanas interesadas en constituirse como partido político nacional para el periodo 2025-2026. La información entregada sobre asambleas y afiliaciones será considerada preliminar, en tanto el órgano electoral deberá garantizar su validez y autenticidad.
De acuerdo con el artículo 12 de la Ley General de Partidos Políticos, el número total de personas afiliadas por agrupación no podrá ser inferior al porcentaje del Padrón Electoral Federal, equivalente en este proceso a 256 mil 30 ciudadanas y ciudadanos.
La normativa también establece como requisito indispensable la celebración comprobable de al menos 20 asambleas en 20 entidades federativas, o bien 200 en 200 distritos electorales. En cada asamblea deberán participar, como mínimo, tres mil personas afiliadas por entidad o 300 por distrito, según la modalidad elegida por cada organización.
Supervisión y certificación
Para la certificación de cada asamblea estatal o distrital, el INE designó a una persona funcionaria encargada de verificar el quórum requerido, que la asistencia fuera libre y que se aprobaran los documentos básicos, además de elegir a delegadas y delegados propietarios y suplentes.
También se constató que con los datos de las personas asistentes se integraran las listas de afiliación y que no hubiera intervención de entes prohibidos por la ley, como organizaciones gremiales u otras con objeto distinto a la conformación de un partido político.
Posteriormente, las organizaciones debieron realizar una asamblea nacional constitutiva ante personal del INE, que certificó la asistencia de delegados acreditados, así como la aprobación de la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos.
Revisión de afiliaciones
El Instituto verificará que las personas afiliadas estén vigentes en el Padrón Electoral y que no exista doble afiliación con alguno de los seis partidos políticos nacionales con registro vigente.
Concluido el plazo de solicitudes, la Secretaría Ejecutiva rendirá en marzo un informe al Consejo General sobre el número total de organizaciones inscritas. A partir de entonces correrá un plazo de 60 días para que la autoridad electoral emita la resolución sobre aquellas que hayan cumplido con todos los requisitos legales.















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