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Propone Acción Nacional registro obligatorio de menores en hoteles y plataformas digitales

Las reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes fueron aprobadas por unanimidad y enviadas al Senado para su revisión.

El diputado Ernesto Sánchez Rodríguez (PAN) propuso establecer un registro administrativo obligatorio de niñas, niños y adolescentes que se hospeden en hoteles, moteles y plataformas digitales de alojamiento, con el objetivo de reforzar las medidas de prevención, trazabilidad y protección del interés superior del menor.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Turismo, plantea adicionar los artículos 59 Bis y 73 Bis a la Ley General de Turismo. El proyecto establece que el registro deberá ser realizado por la persona mayor de edad que acompañe al menor, quien estará obligada a presentar identificación oficial vigente, declarar el parentesco o vínculo jurídico —por patria potestad, tutela, guarda y custodia, parentesco consanguíneo o por afinidad— y señalar el motivo del hospedaje.

Asimismo, se deberán registrar únicamente el nombre completo y la edad del menor.

La información recabada deberá tratarse de forma confidencial y segura, conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y conservarse sólo el tiempo estrictamente necesario, de acuerdo con los lineamientos que emita la Secretaría de Turismo.

La negativa injustificada a proporcionar la información mínima requerida impedirá la prestación del servicio de hospedaje, sin perjuicio de las obligaciones de aviso y coordinación con autoridades competentes previstas en otras disposiciones.

Los prestadores de servicios estarán obligados a poner la información a disposición de las autoridades exclusivamente cuando sea requerida para prevenir, investigar o atender hechos que representen un riesgo para menores de edad.

El incumplimiento del registro obligatorio podrá sancionarse con multas de hasta 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la infracción. En caso de reincidencia, se contempla la suspensión temporal de la autorización o registro hasta por 90 días.

Si la omisión deriva en un riesgo comprobado de trata, explotación o desaparición de menores, la sanción podrá llegar a la cancelación definitiva de la autorización o registro, sin perjuicio de las responsabilidades penales correspondientes.

En la exposición de motivos, el legislador argumenta que informes internacionales han advertido que espacios de hospedaje sin regulación adecuada pueden ser utilizados por redes criminales para ocultar y trasladar víctimas o explotarlas dentro de los inmuebles.

Sánchez Rodríguez sostiene que la reforma permitirá homologar las obligaciones entre hoteles y plataformas digitales, evitando vacíos legales que puedan ser aprovechados para vulnerar derechos de la infancia.

La propuesta también busca fortalecer la coordinación entre la Secretaría de Turismo, el Sistema Nacional DIF y la Guardia Nacional para supervisar el cumplimiento del registro, recibir alertas preventivas y actuar ante posibles irregularidades.

El diputado subrayó que el mecanismo no pretende criminalizar la convivencia familiar ni generar cargas excesivas para los usuarios, sino establecer un procedimiento proporcional que permita identificar a los adultos responsables y dejar constancia del motivo del hospedaje.

“La aprobación de esta iniciativa será un paso decisivo hacia la construcción de un marco normativo más justo, seguro y protector de los derechos de niñas, niños y adolescentes en México”, afirmó.

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