La diputada Amparo Lilia Olivares Castañeda (PAN) propuso reformar la Ley Federal del Trabajo para obligar a las personas empleadoras a otorgar permisos laborales a madres, padres o tutores de niñas y niños diagnosticados con Trastornos del Espectro Autista (TEA).
La iniciativa plantea adicionar la fracción XXVIII Bis al artículo 132 de dicha ley y fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
El proyecto establece que las personas empleadoras deberán permitir ausencias laborales a quienes tengan a su cargo menores con TEA para asistir a consultas médicas, terapias, evaluaciones o actividades relacionadas con su atención especializada.
La propuesta señala que estos permisos “no deberán constituir causa de sanción o despido, ni afectar los derechos laborales de la persona trabajadora”, conforme a la normatividad aplicable.
En la exposición de motivos, la legisladora explica que el TEA es una condición del neurodesarrollo que afecta la comunicación, la interacción social y la conducta, por lo que requiere atención médica especializada y terapias permanentes.
Refiere que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, “aproximadamente una de cada cien niñas y niños en el mundo presenta esta condición”.
Olivares Castañeda destacó que la atención integral de niñas y niños con este trastorno exige la participación constante de madres, padres o personas tutoras, quienes deben acudir periódicamente a consultas médicas, terapias de lenguaje, ocupacionales, psicológicas y evaluaciones especializadas.
Sin embargo, indicó que la legislación laboral mexicana no contempla permisos específicos para estos casos, lo que obliga a muchas familias a recurrir a autorizaciones informales, utilizar días de vacaciones o aceptar descuentos salariales.
La diputada advirtió que esta situación “genera desigualdad para las familias de niñas y niños con este trastorno”, quienes con frecuencia deben elegir entre cumplir con sus responsabilidades laborales o garantizar la atención médica y terapéutica de sus hijas e hijos.
Agregó que el trabajo digno es un pilar del Estado social y democrático de derecho, por lo que la legislación laboral debe garantizar la justicia social y el equilibrio entre los factores de la producción, en concordancia con lo establecido en el artículo 123 constitucional.















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