El diputado federal Javier Taja Ramírez presentó una iniciativa para reformar el Código Penal Federal y endurecer la protección de adolescentes frente a nuevas formas de violencia sexual, al proponer que se castigue el aprovechamiento de la inmadurez emocional, el abuso de confianza y los engaños basados en promesas afectivas o económicas para obtener relaciones sexuales.
La propuesta, turnada a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, modifica el artículo 262 del Código Penal Federal, que actualmente establece penas de tres meses a cuatro años de prisión para quien tenga cópula con una persona mayor de 15 y menor de 18 años obteniendo su consentimiento mediante engaño.
La iniciativa plantea ampliar el alcance de la figura penal para incluir conductas relacionadas con la manipulación emocional, las relaciones de poder desiguales y otras formas de influencia indebida que puedan afectar la capacidad de decisión de las y los adolescentes.
En la exposición de motivos, el legislador argumenta que la protección de niñas, niños y adolescentes es una obligación fundamental del Estado mexicano, respaldada por la Constitución y por instrumentos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Taja Ramírez señala que la adolescencia es una etapa particularmente vulnerable debido a los procesos de desarrollo físico, emocional y psicológico que atraviesan las personas entre los 12 y los 18 años.
Destaca que las formas de violencia sexual han evolucionado y actualmente incluyen mecanismos más sofisticados de coacción, como la manipulación psicológica, el abuso emocional, el uso de tecnologías digitales y las relaciones de poder asimétricas, factores que pueden comprometer la libertad con la que una persona adolescente expresa su consentimiento.
El diputado de Morena advierte que muchas relaciones entre personas adultas y adolescentes de entre 15 y 18 años ocurren en escenarios de desigualdad, donde pueden existir promesas sentimentales, beneficios económicos o vínculos de confianza que influyen de manera determinante en la voluntad de las víctimas.
A su juicio, el marco legal vigente no responde de forma suficiente a estas nuevas dinámicas, ya que no establece con claridad que el consentimiento obtenido mediante manipulación emocional, engaño o abuso de confianza puede carecer de validez jurídica.
Por ello, la reforma busca incorporar una perspectiva de protección reforzada para las personas adolescentes, reconociendo que el consentimiento otorgado bajo estas circunstancias afecta la autonomía, la libertad de decisión y el libre desarrollo de la personalidad.
De aprobarse, la modificación permitiría ampliar las herramientas legales para perseguir conductas que, aunque no impliquen violencia física directa, se sustentan en mecanismos de presión emocional o engaño para obtener relaciones sexuales con adolescentes.















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