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SCJN exhibe violaciones a derechos de mujer indígena encarcelada 78 días en Oaxaca

Corte ordena al TFJA revisar el caso con enfoque interseccional y sin sesgos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a una mujer indígena, adulta mayor, originaria de la región de la Chinantla, Oaxaca, quien permaneció 78 días en prisión acusada de peculado y posteriormente fue liberada por falta de pruebas, al determinar que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) vulneró sus derechos al debido proceso y al acceso a la justicia.

El Máximo Tribunal ordenó al TFJA dejar sin efectos su sentencia y emitir una nueva resolución con enfoque interseccional, tomando en consideración las condiciones de vulnerabilidad de la mujer por su edad, género, origen indígena y condición de hablante de una lengua originaria.

El caso se originó cuando la mujer participó en un programa social de reproducción y crianza de cerdos en su comunidad, pero fue acusada de peculado luego de que un procedimiento de verificación sobre el cumplimiento de las reglas de operación del programa derivó en diversas observaciones.

Tras permanecer 78 días privada de su libertad y ser liberada por falta de pruebas, la mujer promovió una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado, que fue declarada infundada por la autoridad administrativa.

Ante esa determinación, acudió al TFJA mediante un juicio de nulidad; sin embargo, el órgano jurisdiccional consideró insuficiente un dictamen en materia de etnología presentado en copia simple, debido a que no había sido desahogado formalmente como prueba pericial.

Durante la sesión, la Suprema Corte determinó que el tribunal administrativo vulneró los derechos fundamentales de la mujer al no considerar que en su situación convergen múltiples factores de discriminación que obligaban a analizar el caso desde una perspectiva interseccional.

“Estas circunstancias obligan a las y los juzgadores a flexibilizar las reglas procesales cuando sea necesario para garantizar un acceso efectivo a la justicia, valorar las pruebas atendiendo al contexto específico de la persona y remover los obstáculos lingüísticos, culturales y estructurales que impiden el pleno ejercicio de sus derechos”, indicó la Suprema Corte.

Asimismo, el Máximo Tribunal advirtió que el TFJA trasladó indebidamente a la mujer indígena la obligación de acreditar la irregularidad administrativa, además de omitir el análisis de las pruebas presentadas por la autoridad para justificar su actuación.

Con esta resolución, la SCJN ordenó que el caso sea examinado nuevamente bajo criterios que permitan garantizar el acceso efectivo a la justicia, considerando las barreras lingüísticas, culturales y estructurales que enfrenta la mujer indígena.

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