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Guardia Nacional podrá decomisar bienes por órdenes del SAT

El nuevo régimen fiscal faculta a la Guardia Nacional para asegurar mercancías y bienes en operativos de revisión

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) eliminó periodos de gracia y, con la plena aplicación del Complemento Carta Porte 3.0 y cruces de datos en tiempo real, la Guardia Nacional está facultada para confiscar mercancías y bienes cuando detecta inconsistencias fiscales o administrativas durante revisiones en carretera y transporte de mercancías.

La medida forma parte de un esquema más estricto de fiscalización que opera desde finales de enero de 2026. Según publicaciones recientes, cualquier discrepancia entre lo declarado y lo transportado —incluso errores técnicos en documentación— puede activar decomisos inmediatos durante operativos conjuntos entre el SAT y la Guardia Nacional.

Transportistas, empresas logísticas y cadenas de suministro enfrentan un riesgo operativo mayor, ya que el enfoque del SAT deja de distinguir entre faltas administrativas y omisiones fiscales, potencialmente traduciendo fallas en sanciones severas o aseguras de bienes.

Especialistas advierten que este tipo de facultades fiscales y de aseguramiento buscan reforzar el cumplimiento de obligaciones tributarias en un contexto donde el organismo recurre incluso al embargo de bienes en casos de adeudos no liquidados, como cuentas bancarias o vehículos, si no se atienden las exigencias de pago tras multas o sanciones.

Analistas fiscales señalan que la eliminación de periodos de gracia y la automatización de avisos y alertas implican que las autoridades pueden actuar con mayor rapidez, pero también elevan la carga de cumplimiento para contribuyentes y operadores logísticos.

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