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Monreal plantea que inmunidad procesal no debe aplicar durante licencias

El coordinador de Morena en San Lázaro advirtió que la unidad interna será clave para la permanencia del movimiento y destacó la necesidad de preparar cuadros jóvenes para relevar a la actual generación política.

El diputado Ricardo Monreal Ávila, coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, sostuvo que la figura conocida como “fuero” debe entenderse como una inmunidad procesal de carácter constitucional que no debe subsistir cuando un servidor público se separa temporalmente del cargo mediante licencia.

En un artículo difundido en redes sociales, el legislador subrayó que existe un vacío interpretativo en el sistema jurídico mexicano sobre la vigencia de esta protección en casos de licencia, lo que ha generado debate entre posturas formales —que privilegian la titularidad del cargo— y funcionales, centradas en el ejercicio efectivo de la función pública.

Monreal Ávila explicó que la inmunidad procesal, prevista en los artículos 61 y 111 de la Constitución, tiene como objetivo evitar persecuciones penales arbitrarias que interfieran en el desempeño de funciones públicas, pero no constituye un privilegio personal ni implica impunidad.

Indicó que esta figura opera como una limitante temporal al ejercicio de la acción penal, la cual puede activarse una vez que el servidor público deja el cargo, sin necesidad de una declaración de procedencia.

El legislador señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la inmunidad es una garantía institucional y no personal, y que únicamente difiere la responsabilidad penal, sin extinguirla.

No obstante, reconoció que no existe un criterio jurisprudencial definitivo sobre si esta protección se mantiene durante una licencia, lo que ha derivado en interpretaciones encontradas.

Desde una perspectiva funcional, afirmó que la inmunidad no debería aplicar cuando el servidor público deja de ejercer materialmente sus funciones, ya que desaparece la justificación de proteger la actividad institucional.

Monreal también citó casos como los de Andrés Manuel López Obrador, Javier Duarte y Francisco García Cabeza de Vaca, los cuales —dijo— evidencian la falta de uniformidad en la aplicación de esta figura.

Concluyó que, en un Estado constitucional, la interpretación de la inmunidad debe ser restrictiva y orientada a garantizar la igualdad ante la ley, evitando su uso como mecanismo de evasión de la justicia.

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