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Turnan a comisiones iniciativa de Sheinbaum para modificar elección judicial y llevarla a 2028

La propuesta presidencial plantea que la próxima elección judicial coincida con la revocación de mandato, fortalece a los Comités de Evaluación y crea nuevas reglas para candidaturas, paridad y operación de la Suprema Corte.

La Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión informó que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados la iniciativa de reforma judicial enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la cual propone, entre otros puntos, que la siguiente elección judicial federal se realice el primer domingo de junio de 2028.

La iniciativa también modifica el marco constitucional de la revocación de mandato para que dicho ejercicio se lleve a cabo en la misma fecha de las elecciones federales o locales correspondientes.

El documento plantea cambios en la operación de los Comités de Evaluación, en el proceso de selección de aspirantes, reducción de candidaturas, simplificación de boletas, blindaje del voto, paridad de género y reorganización territorial de la elección judicial por circuitos y especialidades.

La propuesta sostiene que “al perfeccionar las reglas del proceso electoral judicial se robustece la confianza pública en las decisiones jurisdiccionales, se fortalecen las condiciones para una justicia pronta, completa e imparcial, y se consolida un Poder Judicial con legitimidad democrática y responsabilidad institucional frente al pueblo que lo eligió”.

Entre las modificaciones destaca que la Suprema Corte de Justicia de la Nación quedaría integrada por nueve ministras y ministros y funcionaría en Pleno y en dos secciones.

Asimismo, establece que el Senado de la República deberá emitir la convocatoria para integrar el listado de candidaturas a más tardar el 30 de abril del año previo a la elección judicial correspondiente.

La iniciativa fortalece además la integración y operación de los Comités de Evaluación, los cuales estarían conformados por cinco especialistas en materia jurídica designados por cada Poder de la Unión.

Las personas coordinadoras de dichos comités formarían una Comisión Coordinadora encargada de verificar requisitos constitucionales, homologar criterios de evaluación y aplicar exámenes de conocimientos.

Cada Comité integraría una lista de las cuatro personas mejor evaluadas para cada cargo y posteriormente depuraría ese listado mediante insaculación pública hasta dejar dos candidaturas por posición, garantizando paridad de género.

El proyecto señala que cada Poder de la Unión postulará dos personas por cargo: el Ejecutivo a través de la Presidencia de la República; el Legislativo mediante votación calificada en ambas cámaras, y el Poder Judicial por conducto del Pleno de la Suprema Corte.

La propuesta también busca impedir que las autoridades electorales modifiquen resultados o asignaciones de cargos una vez concluidos los cómputos.

En materia operativa, el Instituto Nacional Electoral dividiría cada circuito judicial en distritos para que la ciudadanía elija candidaturas por especialidad. Las boletas distinguirían el Poder postulante, el género y las especialidades correspondientes.

Además, la jornada electoral judicial se celebraría en las mismas casillas donde se desarrollen las elecciones ordinarias y sin participación de representantes de partidos políticos.

El texto establece también que las vacantes definitivas de jueces y magistrados deberán renovarse en la elección inmediata posterior y obliga a personas juzgadoras que busquen otro cargo a separarse previamente de sus funciones mediante renuncia irrevocable.

Dentro del régimen transitorio se precisa que todos los cargos judiciales no renovados en la elección de 2025 serán sometidos a votación en 2028, incluyendo vacantes federales y locales.

Las personas juzgadoras cuyo encargo concluía en 2027 permanecerán en funciones hasta la toma de protesta de quienes resulten electos en 2028.

La iniciativa prevé además que las personas electas rindan protesta ante el Senado el 1 de septiembre de 2028 y que el órgano de administración judicial realice las adscripciones correspondientes antes del 15 de septiembre de ese año.

El Congreso de la Unión tendría un plazo de 90 días naturales para armonizar la legislación secundaria, mientras que los congresos estatales contarían con 60 días para adecuar sus constituciones y leyes locales.

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