Abandonar a una persona adulta mayor podría castigarse con hasta 15 años de prisión cuando esa conducta provoque su muerte, de acuerdo con una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados para endurecer las sanciones por desamparo.
La diputada Alejandra Chedraui Peralta planteó adicionar el artículo 335 Bis al Código Penal Federal para imponer, en principio, de tres a seis años de prisión y una multa de 300 a 600 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien abandone a una persona mayor teniendo obligación legal o material de cuidarla.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis.
Castigarían abandono de adultos mayores
La iniciativa considera responsable no sólo a familiares, sino también a personas que tengan deberes de cuidado, asistencia, protección o vigilancia derivados de una resolución judicial, tutela, guarda, custodia u otra obligación.
Para que se configure el delito, el abandono deberá colocar a la víctima en una situación de desamparo que ponga en riesgo su vida, salud, integridad física, psicológica o dignidad.
El proyecto amplía así el alcance de la responsabilidad hacia cuidadores y personas que tengan bajo su protección a un adulto mayor, incluso cuando no exista vínculo familiar.
Elevarían penas por discapacidad o dependencia
Las sanciones podrían aumentar hasta en una mitad cuando la víctima presente discapacidad física, mental, intelectual o sensorial, enfermedad crónica, dependencia o movilidad reducida.
También se contempla el agravamiento cuando el abandono ocurra en hospitales, centros médicos, instituciones asistenciales, establecimientos de cuidado, calles u otros lugares donde se comprometa gravemente la seguridad de la persona mayor.
La agravante también aplicaría cuando el responsable sea ascendiente, descendiente, cónyuge, concubina, concubinario, tutor o responsable directo del cuidado.
Suben a 10 años si abandono causa lesiones graves
Cuando el abandono provoque lesiones que pongan en peligro la vida, generen daños permanentes o agraven significativamente una enfermedad preexistente, la iniciativa propone una pena de seis a 10 años de prisión y multa de 600 a mil UMA.
Si la consecuencia del abandono es la muerte, la sanción subiría a entre 10 y 15 años de cárcel, además de una multa de mil a mil 500 UMA.
Buscan llenar vacío en Código Penal
Actualmente, el Código Penal Federal sanciona el abandono de menores incapaces de cuidarse y de personas enfermas cuando existe obligación de atenderlas, pero no contiene una figura específica con las características planteadas ahora para personas adultas mayores.
La reforma pretende crear un tipo penal específico y establecer penas proporcionales según las consecuencias del abandono.
Diputada advierte violencia más allá del abandono físico
En la exposición de motivos, Chedraui señala que el abandono no se limita a dejar físicamente sola a una persona, sino que puede incluir negligencia médica, falta de alimentación, despojo patrimonial y desatención en hospitales, asilos o espacios públicos.
La legisladora cita datos atribuidos a Conapred según los cuales alrededor de 2.7 millones de personas adultas mayores enfrentan abandono o maltrato. Medios que dieron cuenta de la iniciativa reprodujeron ese dato, aunque las fuentes públicas de Conapred consultadas no permitieron corroborar de manera directa el porcentaje de 16 por ciento citado en la exposición de motivos.
La diputada sostiene que el abandono de personas mayores debe ser tratado como una vulneración de derechos y no únicamente como un conflicto familiar.














Deja una respuesta