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SCJN pone valor al trabajo doméstico: deberán compensarlo en divorcios

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó este lunes un criterio obligatorio que fortalece el derecho a recibir una compensación económica tras un divorcio, al reconocer que el trabajo doméstico y el cuidado de los hijos también contribuyen a la construcción del patrimonio familiar, aunque no generen ingresos ni reciban remuneración.

El Pleno determinó que, en matrimonios celebrados bajo el régimen de separación de bienes, los jueces deberán considerar la proporción pagada durante la unión de una vivienda adquirida a crédito antes del matrimonio, cuando corresponda calcular una compensación para quien asumió las labores domésticas y de cuidado.

La resolución busca evitar que una persona termine el matrimonio en condiciones de desventaja económica después de haber dedicado años al sostenimiento del hogar, mientras su pareja tuvo mayores oportunidades para trabajar, generar ingresos y adquirir propiedades.

SCJN reconoce aportación económica del trabajo doméstico

El criterio surgió de una contradicción entre tribunales colegiados de Veracruz y Aguascalientes, que emitieron resoluciones opuestas sobre la posibilidad de incluir, para calcular una compensación, los pagos de un inmueble adquirido antes del matrimonio.

El proyecto, presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, estableció que la fecha de adquisición del inmueble no puede utilizarse como único argumento para excluir los pagos realizados durante el vínculo matrimonial.

La Corte sostuvo que las labores de crianza, atención familiar, limpieza, alimentación y administración del hogar representan una aportación indispensable para que la otra persona pueda desarrollar actividades remuneradas y fortalecer su patrimonio.

En consecuencia, la compensación económica tiene una finalidad reparadora: corregir el desequilibrio patrimonial provocado por la distribución desigual de las responsabilidades familiares.

La medida beneficia particularmente a las mujeres, quienes históricamente han asumido una mayor proporción del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado.

Viviendas compradas antes del matrimonio también contarán

Uno de los principales alcances de la resolución es que permite considerar los pagos de créditos hipotecarios efectuados durante el matrimonio, aun cuando la vivienda haya sido adquirida previamente por uno de los cónyuges.

Por ejemplo, si una persona compró una casa antes de casarse, pero continuó pagando el crédito mientras su pareja se dedicaba principalmente al cuidado de los hijos y al hogar, esas aportaciones realizadas durante el matrimonio deberán valorarse al determinar una eventual compensación económica.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf respaldó este entendimiento al señalar que los pagos realizados durante la vida matrimonial deben tomarse en cuenta, incluso si el contrato de crédito fue celebrado antes de la unión.

Sin embargo, el fallo no significa que la vivienda deba dividirse automáticamente por mitades ni que cambie su propietario legal.

La compensación deberá determinarse conforme a las circunstancias de cada caso y los requisitos establecidos en la legislación aplicable.

Compensación busca reparar desigualdad económica, no castigar

Durante la discusión, Esquivel Mossa subrayó que el mecanismo busca corregir las desventajas económicas asociadas con los roles de género y la asignación desigual de las labores de cuidado.

El ministro Arístides Rodrigo Guerrero García también destacó que la resolución permite visibilizar el esfuerzo de miles de mujeres que dedicaron su vida al sostenimiento familiar y sacrificaron oportunidades laborales y económicas.

La SCJN ha sostenido en su jurisprudencia que la compensación económica no constituye una sanción contra alguno de los cónyuges ni tiene como finalidad igualar automáticamente sus fortunas.

Su propósito es resarcir los costos de oportunidad que enfrenta quien dejó de desarrollar una carrera profesional, trabajar más horas o acumular bienes por atender las responsabilidades familiares.

¿Quién puede solicitar una compensación económica tras el divorcio?

El reconocimiento judicial puede beneficiar a mujeres u hombres que hayan asumido las labores domésticas y de cuidado durante el matrimonio, particularmente bajo el régimen de separación de bienes.

Para determinar su procedencia y monto, las autoridades deberán valorar las circunstancias particulares, entre ellas la dedicación al hogar, la situación patrimonial de las partes, el tiempo destinado a los cuidados y las oportunidades profesionales afectadas.

Además, tener un empleo remunerado no excluye necesariamente el derecho a reclamar una compensación si también se asumió una carga desigual de trabajo doméstico, de acuerdo con criterios anteriores de la propia Corte.

Fallo establece precedente para la justicia familiar

La determinación del máximo tribunal fortalece el reconocimiento de que el patrimonio construido durante una relación no depende únicamente del dinero aportado por cada integrante de la pareja.

También intervienen el tiempo, el esfuerzo y las oportunidades laborales sacrificadas para sostener la vida familiar.

Con este criterio, la Suprema Corte busca impedir que el régimen de separación de bienes se convierta en un obstáculo para reconocer económicamente el trabajo doméstico y de cuidados al momento de un divorcio.

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