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Propone diputado del PRI redefinir delitos sexuales contra menores en el Código Penal Federal

La iniciativa busca eliminar los términos “pornografía” y “turismo sexual” para sustituirlos por conceptos que reconozcan explícitamente la explotación sexual infantil y su gravedad, además de suprimir cualquier referencia al consentimiento en la pederastia.

El diputado Emilio Suárez Licona (PRI) presentó una iniciativa para reformar el Código Penal Federal con el fin de sustituir los conceptos de “pornografía” y “turismo sexual” por los de “explotación de material audiovisual de contenido sexual” y “explotación sexual en sitios turísticos”, cuando se trate de personas menores de 18 años o que no tengan capacidad para comprender o resistir el hecho.

La propuesta, turnada a la Comisión de Justicia, plantea modificar los artículos 85, 200, 201, 202, 203 y 203 Bis, así como el 209 Bis, para eliminar la referencia al consentimiento en el delito de pederastia. Además, propone cambiar las denominaciones de los Capítulos II y III del Título Octavo del Código Penal Federal, a fin de armonizar la terminología y fortalecer la correcta tipificación de los delitos de explotación sexual infantil.

En la exposición de motivos, el legislador subraya que no se trata de una simple actualización técnica, sino de un acto de justicia para nombrar adecuadamente la violencia y evitar ambigüedades que minimicen el daño. Señala que el uso del término “pornografía” distorsiona la naturaleza criminal de la conducta y evoca un marco de libertad y consumo adulto inaplicable y ofensivo para las víctimas.

Respecto al llamado “turismo sexual”, advierte que el concepto invisibiliza redes de trata y formas de esclavitud infantil, mientras que la frase “con o sin su consentimiento” supone erróneamente la capacidad del menor para acceder a su propia victimización, lo que calificó como una aberración jurídica y psicológica.

Suárez Licona alertó sobre una crisis de seguridad para la infancia, al recordar que la ENDIREH 2021 reporta que 12.6 por ciento de las mujeres sufrió violencia sexual antes de los 15 años, un incremento de 45 por ciento respecto a 2016. Añadió que la reforma no solo tiene una justificación jurídica, sino también sanitaria, pues la violencia sexual infantil genera daños permanentes a la salud física y mental, incluida la ideación suicida, por lo que la legislación debe responder a la magnitud del daño.

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