Ante el elevado costo de mantener a personas privadas de la libertad, el diputado federal Carmelo Cruz Mendoza, de Morena, propuso establecer el trabajo obligatorio en los centros penitenciarios del país, mediante actividades productivas en beneficio del Estado o de la comunidad.
La iniciativa plantea reformar los artículos 11, 91 y 92 de la Ley Nacional de Ejecución Penal para obligar a las personas internas, procesadas o sentenciadas, a realizar trabajos autorizados por un juez de ejecución, de acuerdo con su perfil, grado de peligrosidad y bajo criterios de respeto a los derechos humanos.
El legislador argumenta que actualmente los contribuyentes absorben los gastos de alimentación, vigilancia, mantenimiento y operación de los reclusorios, mientras existe mano de obra que, a su juicio, podría aprovecharse para generar beneficios sociales y económicos.
La propuesta, presentada el 13 de octubre de 2026 y turnada a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, busca convertir las actividades laborales en una obligación legal para los internos.
El proyecto aún debe discutirse y aprobarse en el Congreso, por lo que el trabajo obligatorio planteado no constituye una disposición vigente.
Cuesta hasta 6 mil pesos diarios mantener a un interno, afirma diputado
En la exposición de motivos, Cruz Mendoza sostiene que el costo de mantener a una persona privada de la libertad varía considerablemente según el tipo de centro penitenciario y sus condiciones de operación.
De acuerdo con las cifras incluidas en su iniciativa, el gasto diario en penales estatales tradicionales oscila entre 200 y 600 pesos por interno, equivalente a entre 6 mil y 18 mil pesos mensuales.
Sin embargo, afirma que en centros penitenciarios federales o de máxima seguridad operados bajo esquemas de asociación público-privada, los costos pueden superar los 3 mil y alcanzar los 6 mil pesos diarios por persona.
Esto representaría gastos de entre 90 mil y 180 mil pesos mensuales por interno, según los cálculos expuestos en el documento.
Las cantidades son estimaciones citadas por el legislador y no deben interpretarse como un costo uniforme para todos los centros penitenciarios del país.
Citan gasto federal de 26 mil 789 millones de pesos
El diputado señala que el sistema penitenciario federal cuenta en 2026 con una asignación de 26 mil 789.8 millones de pesos, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
Según su exposición de motivos, esta cantidad representa 45 por ciento del presupuesto de la dependencia.
Los recursos, explica, se destinan principalmente al pago de personal, alimentación, vigilancia, mantenimiento y operación cotidiana de los centros federales de reclusión.
Bajo este argumento, el morenista plantea utilizar la capacidad laboral de la población penitenciaria como una forma de retribución a la sociedad por las conductas delictivas cometidas.
La propuesta sostiene que el trabajo obligatorio permitiría aprovechar recursos humanos actualmente desaprovechados y contribuiría a reducir la carga económica del sistema penitenciario.
Buscan que presos retribuyan a la sociedad por delitos cometidos
En el documento legislativo, Cruz Mendoza argumenta que los ciudadanos financian con sus impuestos la permanencia en prisión de quienes han transgredido la ley.
Por ello, considera necesario incorporar el trabajo obligatorio como una responsabilidad de las personas privadas de la libertad y no únicamente como una actividad de reinserción social.
La iniciativa plantea aprovechar la mano de obra que el diputado califica como “ociosa” dentro de los centros de reclusión.
En su exposición de motivos, sostiene que estas actividades representarían una retribución de los internos por haber vulnerado la ley, la paz y la tranquilidad de la población.
Jueces deberán autorizar actividades de los internos
La modificación al artículo 11 de la Ley Nacional de Ejecución Penal propone agregar una obligación para que las personas privadas de la libertad acaten trabajos en beneficio de la comunidad o del Estado.
Estas actividades tendrían que ser autorizadas por un juez de ejecución penal, considerando las características individuales de cada interno y los principios de protección de los derechos humanos.
Asimismo, los cambios al artículo 91 ampliarían la definición del trabajo penitenciario para incluir expresamente actividades productivas o labores legales de beneficio público.
En el artículo 92 se propone establecer que el trabajo deberá tener un carácter formativo y contribuir a generar o conservar hábitos laborales, con el objetivo de preparar a las personas internas para las condiciones de empleo que enfrentarán al recuperar su libertad.
Gaceta Parlamentaria
Reforma plantea trabajo obligatorio bajo modelo de reinserción social
El diputado recuerda que el artículo 18 de la Constitución establece que el sistema penitenciario mexicano debe organizarse sobre cinco ejes: trabajo, capacitación laboral, educación, salud y deporte.
Estas actividades buscan facilitar la reinserción social y reducir la reincidencia delictiva.
Cruz Mendoza considera que establecer el trabajo obligatorio permitiría fortalecer este modelo, al vincular las actividades productivas con beneficios para la comunidad y el Estado.
No obstante, la propuesta abre una discusión jurídica sobre los límites de la obligatoriedad laboral, particularmente respecto de las personas sujetas a proceso que todavía no cuentan con una sentencia condenatoria.
También plantea interrogantes sobre las condiciones de trabajo, la remuneración y las garantías necesarias para evitar prácticas contrarias a los derechos humanos.
Afirma diputado que reforma generaría ahorros al Estado
En su exposición de motivos, el legislador asegura que la implementación de la reforma no requeriría recursos presupuestales adicionales.
Por el contrario, sostiene que podría generar ahorros para las finanzas públicas y promover hábitos laborales entre la población penitenciaria.
Sin embargo, el proyecto no presenta una cuantificación detallada del ahorro esperado ni precisa los mecanismos operativos para asignar, supervisar y evaluar las actividades laborales obligatorias.
La iniciativa establece que, de aprobarse, el decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
También contempla un plazo máximo de 180 días para que el Ejecutivo federal realice las adecuaciones reglamentarias correspondientes.
La propuesta permanece sujeta al proceso legislativo y deberá ser examinada por la Comisión de Justicia antes de cualquier eventual aprobación.















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