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SCJN falla a favor de Abelina López y anula auditoría estatal sobre 898 mdp; revisión corresponde a la ASF

Corte invalida auditoría estatal; ASF mantiene facultad de fiscalizar.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad invalidar la auditoría practicada por la Auditoría Superior del Estado (ASE) de Guerrero al gobierno de Acapulco sobre el ejercicio de 898.6 millones de pesos de recursos federales, al concluir que ese órgano local carece de facultades constitucionales para fiscalizar dichos fondos. La resolución favorece a la alcaldesa con licencia, Abelina López Rodríguez, aunque el máximo tribunal precisó que ello no implica que quede exenta de una revisión por parte de la autoridad federal competente.

El Pleno avaló el proyecto presentado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, quien propuso declarar la invalidez del informe emitido por la ASE dentro de la Controversia Constitucional 174/2025, promovida por el Ayuntamiento de Acapulco. El ministro sostuvo que la fiscalización de recursos federales corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación (ASF), conforme a lo previsto en la Constitución y a precedentes recientes de la propia Corte.

Durante la discusión, los ministros subrayaron que el fallo resuelve únicamente un tema de competencia constitucional y no analiza el manejo de los recursos públicos. En ese sentido, enfatizaron que la resolución no exonera a ningún servidor público de eventuales responsabilidades ni impide que la ASF continúe con las auditorías e investigaciones que correspondan.

El ministro Irving Espinosa Betanzo advirtió que la invalidez de una auditoría iniciada por una autoridad sin competencia no significa que los hechos queden sin investigar, sino que la revisión debe ser realizada por la autoridad constitucionalmente facultada. En el mismo sentido se pronunciaron el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, y la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quienes coincidieron en que ningún convenio entre autoridades puede modificar las atribuciones previstas en la Constitución.

La controversia surgió luego de que la ASE inició un procedimiento para revisar el ejercicio de 898 millones 633 mil pesos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN) correspondientes al ejercicio fiscal 2023. El municipio impugnó la actuación del órgano estatal al argumentar que esos recursos son de origen federal y, por tanto, únicamente pueden ser auditados por la ASF.

Con esta resolución, la SCJN dejó sin efectos el procedimiento de fiscalización emprendido por la autoridad estatal; sin embargo, aclaró que el destino y aplicación de los recursos federales podrán seguir siendo revisados por la Auditoría Superior de la Federación, que mantiene intactas sus facultades de control, investigación y, en su caso, determinación de responsabilidades.

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