El Senado modificó la reforma en materia de propiedad industrial enviada por la Presidenta Claudia Sheinbaum para precisar que las penas de prisión por utilizar la identidad gráfica del Gobierno estarán dirigidas al uso fraudulento de logos, documentos o portales oficiales para engañar y cometer ilícitos, y no a memes, parodias o sátira política.
El ajuste fue incorporado este 23 de septiembre en las Comisiones Unidas de Justicia, Economía y Estudios Legislativos Primera, después de que la oposición advirtió que la redacción del artículo 403 Bis podía abrir la puerta a sanciones penales contra periodistas, caricaturistas y usuarios de redes sociales.
La iniciativa original enviada por Sheinbaum planteaba penas de tres a siete años de prisión y multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización para quien utilizara, reprodujera, imitara o incorporara, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos u otros signos oficiales para inducir a error o engaño.
Anaya alerta por penas de hasta siete años
Un día antes de la discusión, el coordinador del PAN en el Senado, Ricardo Anaya, acusó que la redacción permitía interpretar que una parodia que empleara elementos de identidad gráfica gubernamental podría ser castigada hasta con siete años de cárcel.
Anaya pidió eliminar el artículo o establecer expresamente excepciones para el periodismo, la crítica, el humor y la parodia política.
“Lo que nosotros estamos planteando es que tiene que haber absoluta claridad”, sostuvo este miércoles el panista, quien mantuvo sus cuestionamientos incluso después de conocerse cambios en el dictamen.
El senador aseguró que, bajo la redacción previa, periodistas, caricaturistas o productores de contenidos satíricos podrían quedar sujetos a una interpretación amplia de la norma. Esa es la posición del PAN; los promotores de la reforma rechazaron que ése fuera el propósito del proyecto.
Morena acota delito a engaños con identidad del Gobierno
Ante la controversia, Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, rechazó que la iniciativa buscara encarcelar a quienes publicaran memes o parodias y propuso precisar el artículo 403 Bis.
La nueva formulación vincula la sanción con el uso de la identidad gráfica gubernamental para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito respecto del origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio o sistema informático.
Corral puso como ejemplo páginas y portales falsos que utilizan logotipos del Gobierno para solicitar depósitos o engañar a ciudadanos haciéndoles creer que participan en programas o inversiones oficiales, entre ellas supuestas operaciones vinculadas con Pemex.
Bajan pena máxima de siete a cinco años
La modificación discutida en comisiones también redujo la sanción propuesta. La redacción ajustada establece penas de uno a cinco años de prisión, en lugar del rango original de tres a siete años, además de multas de mil a 10 mil UMA.
Las comisiones aprobaron el dictamen con 34 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones, y el proyecto continuará su trámite legislativo antes de ser sometido al Pleno del Senado.
Reforma surge de paquete contra piratería
La iniciativa presidencial fue presentada el 29 de mayo de 2026 como parte de un paquete para fortalecer las sanciones en materia de propiedad intelectual y armonizar la legislación mexicana con compromisos comerciales internacionales.
El debate, sin embargo, se concentró en el artículo 403 Bis y en sus posibles efectos sobre la libertad de expresión.
Mientras PAN y otros legisladores opositores sostuvieron que la formulación inicial era suficientemente amplia para generar riesgos de censura o autocensura, Morena afirmó que el objetivo era combatir fraudes que suplantan la imagen institucional del Estado y no restringir la crítica política.
¿Qué cambia en el artículo 403 Bis?
El punto clave es que ya no basta el uso o imitación de una imagen oficial para configurar la conducta sancionada: el texto modificado incorpora como elemento la intención de engañar sobre el origen oficial y cometer un ilícito.
Con ese candado, los legisladores que impulsaron el cambio sostienen que una caricatura, meme o parodia política no quedaría comprendida por sí misma en el tipo penal, mientras que portales falsos, documentos apócrifos o comunicaciones fraudulentas que suplanten a una institución pública sí podrían ser perseguidos penalmente.















Deja una respuesta