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PT propone que bloqueo de cuentas bancarias requiera orden judicial y fortalezca facultades de la UIF

Reforma busca frenar lavado de dinero con control judicial y audiencia.

La diputada Lilia Aguilar Gil presentó una iniciativa para que el bloqueo de cuentas bancarias sólo pueda realizarse mediante una orden fundada y motivada de la autoridad judicial competente, siempre que existan elementos objetivos, verificables y documentados que acrediten una probabilidad razonable de vinculación con operaciones de recursos de procedencia ilícita o delitos de delincuencia organizada.

La propuesta plantea reformar los artículos 115 y 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito para fortalecer el marco jurídico en la prevención y combate al lavado de dinero, al tiempo que incorpora mayores garantías de debido proceso para las personas sujetas a estas medidas.

Entre los indicios objetivos que podrían sustentar el bloqueo temporal de cuentas, la iniciativa enumera, de manera enunciativa y no limitativa, reportes de operaciones inusuales o relevantes emitidos por entidades financieras nacionales o extranjeras; inconsistencias significativas entre los ingresos declarados y las operaciones financieras detectadas; transferencias vinculadas con jurisdicciones de riesgo o no cooperantes; así como la relación directa o indirecta con personas incluidas en listas nacionales o internacionales de restricción o sanción, cuando exista flujo o manejo de recursos bajo sospecha.

También considera como elementos de análisis los patrones atípicos de fragmentación, triangulación, dispersión o simulación de operaciones financieras; información proporcionada por autoridades fiscales, financieras, administrativas o de procuración de justicia, tanto nacionales como extranjeras, y cualquier otro elemento objetivo que permita inferir la posible comisión de delitos relacionados con recursos de procedencia ilícita.

La iniciativa establece además que las personas incluidas en la Lista de Personas Bloqueadas podrán solicitar una audiencia ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación de las causas que motivaron su incorporación, procedimiento que deberá resolverse en un plazo máximo de treinta días hábiles.

El proyecto, turnado a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, precisa que la reforma no tiene un propósito sancionador, sino preventivo, al reconocer las facultades de la UIF para ordenar el bloqueo temporal de cuentas cuando existan indicios de operaciones ilícitas.

«Lo anterior busca dotar al Estado mexicano de mecanismos preventivos y de reacción inmediata que permitan evitar la dispersión de recursos presuntamente ilícitos y frenar operaciones financieras vinculadas con actividades delictivas», sostiene la legisladora en la exposición de motivos.

Aguilar Gil subraya que la propuesta incorpora mecanismos de garantía de audiencia y control jurisdiccional para que las personas afectadas puedan demostrar la licitud de sus recursos y controvertir las resoluciones de la autoridad competente, con el objetivo de mantener un equilibrio entre la seguridad financiera del Estado y el respeto a los derechos fundamentales, particularmente los principios de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso.

La diputada del PT afirma que, de aprobarse la reforma, se fortalecería la capacidad del Estado para prevenir operaciones ilícitas sin vulnerar derechos constitucionales, evitando que las medidas preventivas generen afectaciones desproporcionadas o arbitrarias a la seguridad jurídica de los ciudadanos.

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